El plagio
Escrito por Javier Hernández Jueves, 30 de Septiembre de 2010 10:53
¿Qué es el plagio?
El plagio se define como la copia en lo sustancial de una obra ajena, haciéndola pasar como propia, ya sea por omisión o por suplantación del verdadero autor, es decir no basta con que exista un mero parecido o una cierta similitud con la obra anterior, ya que esto supondría proteger todo aquello que recuerde o se asemeje a otra obra, cosa que en la propiedad intelectual seria casi imposible porque los autores encuentran su inspiración en todo lo que les rodea, en las calles, en obras anteriores, en cuentos populares, en formas, en colores etc. lo que hace inevitable que existan aspectos comunes en la obra de diferentes autores que nada tienen que ver entre si.
¿Cómo sé si existe o no plagio?
Debemos tener en cuenta de qué tipo de obra estamos hablando, qué partes se han plagiado (si las sustanciales o las accesorias) y el modo en el que se exponen las ideas del autor reflejando su impronta personal.
En los obras literarias no podemos simplificar y decir que hay un plagio porque otra novela utilice una historia con componentes comunes por ejemplo dos personas que se conocen y viven un romance que termina en tragedia, ya que existen miles de historias que cuentan esto pero con matices que la hacen única u origina, no es lo mismo leer una historia de amor de tintes románticos a una enfocada a la novela negra, lo que importa realmente para considerar si ha habido plagio es el conjunto es decir, han puesto a la venta un libro en el que la evolución de los personajes y la forma en que se cuenta la historia es sustancialmente idéntica, añadiendo aspectos accesorios que la diferencian de la obra preexistente como pueden ser los nombres de los personajes, los escenarios, los diálogos etc. y que sirven para disfrazarla.
¿Que particularidad tiene el plagio respecto a otros delitos contra la propiedad intelectual?
Por lo general la tipificación penal de los delitos contra la propiedad intelectual va referida a aspectos patrimoniales de la misma, por vulneración del derecho de reproducción, distribución o comunicación pública, sin embargo el plagio defiende el derecho moral a la paternidad, a la autoria de la obra, aunque al igual que en los demás casos se exige ánimo de lucro y perjuicio a terceros.
¿Qué puedo hacer si considero que me han plagiado mi obra?
Si has pensado en emprender acciones legales contra el plagiador, lo primero que debes recabar son pruebas que verifiquen tu autoría, pueden ser desde simples bocetos o publicaciones, al certificado de registro, todo lo que consideres que puede ayudar al juez a entender que realmente es tu obra, a su vez asegúrate de guardar constancia del uso ilícito que han hecho de tu obra, si por ejemplo es un cuadro saca unas fotos del mismo, si es una web imprime el contenido o importa la pantalla, e intenta que aparezca la fecha ya que estas se actualizan constantemente.
¿Como defiendo mis derechos?
Infracciones:
Sin perjuicio de otras acciones que puedas interponer, podrás instar el cese de la actividad ilícita del infractor y exigir la indemnización de los daños materiales y morales causados.
La indemnización por daños y perjuicios tiene la particularidad de que, a elección del perjudicado, puede elegir entre:
a. Las consecuencias económicas negativas sufridas, entre ellas la pérdida de beneficios. En el caso de daño moral procederá su indemnización, aunque no sea probada la existencia del perjuicio económico.( pero si hay que probar el daño)
b. La cantidad que hubiera percibido como remuneración el perjudicado, si el infractor hubiera pedido autorización para utilizar el derecho de propiedad intelectual en cuestión.
Esta acción prescribe a los 5 años desde que se pudo ejercitar.
Las medidas cautelares se pedirán cuando exista infracción o cuando exista temor racional y fundado de que ésta va a producirse de modo inminente.
La ley también prevé la posibilidad de pedir la publicación o difusión de la resolución judicial o arbitral
Delitos:
Cuando exista ánimo de lucro y daño a terceros (atención a que pone “y” es decir ambas circunstancias deben concurrir) podremos acudir a la vía penal.
En el caso del plagio sin la debida autorización del titular de los derechos de propiedad intelectual, las penas serán de prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses, también existe un tipo agravado que aumenta la pena de prisión de 1 a 4 años e incluye la inhabilitación de la profesión relacionada con el delito, por ejemplo cuando se trate de hechos de especial gravedad o cuando el beneficio haya sido especialmente transcendente.
Autora: Begoña Florido
E-mail de contacto: bflorido (más arroba) proteccionlegal.com
Master en Propiedad Intelectual